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Transcripción de preguntas módulo III - clase 3

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Admin
Topic starter
(@colegio-notarial-de-mendoza)
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Registrado: hace 2 años

Esther: Entonces: no es lo mismo la "cesion de derechos" y la "cesión de posición contractual", es así?

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Invitado
(@Anónimo 271)
Active Member
Registrado: hace 1 año

¡Hola Ester!

                             No es lo mismo la Cesión de Derechos, que comprende la Cesión de Crédito y la Cesión de Deuda, que la Cesión de la Posición Contractual. La Cesión de Derechos está regulada en el Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) en los arts. 1614 al 1635. La Cesión dela Posición Contractual está normada en los arts. 1636 a 1640. Cuando repases el power point del tercer encuentro, seguramente lo tendrás más claro.

                            Ante cualquier interrogante, me encuentro, como siempre a tu disposición.

                           ¡Dios te bendiga y proteja!

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